Google ha difundido hace unos días ese ya discutidísimo acuerdo. Dadas las demandas a las que tenía que hacer frente por la cuestión de los derechos de autor, Google ha presentado una “propuesta de acuerdo en la demanda judicial interpuesta por autores y compañías editoras en la que dichas partes denuncian que Google ha infringido sus derechos de autor y los de otros Titulares de derechos de Libros e Inserciones a través del escaneo de sus Libros, la creación de una base de datos electrónica y la presentación de breves pasajes sin permiso de los titulares de los derechos de autor. Google niega estas acusaciones. El proceso está registrado como The Authors Guild, Inc., et al. v. Google Inc., Caso Núm. 05 CV 8136 (S.D.N.Y.)”. Es decir, las partes parecen satisfechas, en pespecial la Association of American Publishers, y sólo queda escuchar a la Corte del Southern District of New York.
La propuesta, entre otras cosas, dice:
“Si resulta aprobado, el Acuerdo autorizará a Google a seguir escaneando Libros e Inserciones protegidos por derechos de autor, desarrollar una base de datos electrónica de Libros, vender suscripciones a la base de datos de Libros a centros educativos, empresas y otras instituciones, vender Libros individuales a los consumidores y colocar anuncios junto a las páginas de los Libros. Google pagará a los Titulares de derechos, a través de un Registro de derechos de Libros (“Registro”), el 63% de todos los ingresos procedentes de estos usos, y el Registro distribuirá esos ingresos entre los Titulares de derechos de Libros e Inserciones que estén registrados. La distribución se realizará según lo establecido en un Acuerdo entre autores-compañías editoras y en un Plan de distribución, que forman parte del Acuerdo.
La Propuesta de acuerdo también autorizará a Google a ofrecer a las bibliotecas de los centros de enseñanza superior y a las bibliotecas públicas un libre acceso a la base de datos de Libros. Algunas bibliotecas que proporcionan Libros a Google para su escaneo tienen autorización para efectuar “usos no de visualización” limitados de los Libros. Estos usos se describen en la Notificación y en el Acuerdo”.
Y hay más. Un breve y apretado resumen de lo fundamental se puede encontrar en el artículo de Andrew Albanese para Library Journal del pasado 19 de noviembre.
A partir de aquí, las reacciones. James Grimmelmann, profesor de derecho de la New York University y respetado analista en la red, concluye en su blog que el pacto ha de ser refrendado . Razones:
Google ingresará mucho dinero vendiendo libros electrónicos a los consumidores, suscripciones a bases de datos para bibliotecas y reclamos de búsqueda para los anunciantes; los autores y editores recibirán la mayor parte de ese dinero. Pueden elegir el precio al que venden las copias, obteniendo un porcentaje de los ingresos según la popularidad de los libros; las bibliotecas públicas y privadas sin ánimo de lucro obtendrán al menos un mínimo de esos privilegios; Universidades, escuelas y otras muchas instituciones también podrán suscribirse; Las bibliotecas que participan en el escaneo tendrán copias digitales de los libros, con las restricciones de uso derivadas de los derechos de autor; los particulares dispondrán de un motor de búsqueda increíblemente útil, cada vex más importante. Será también una fuente de e-libros, de aceso gratuito en PDF a millones y millones de textos de dominio público; el público en general recibe una salida hasta la solución del problema de las obras huérfanas. Este sistema ayudará a limpiar los registros, impulsando la localización de titulares de derechos de autor en general.
Una defensa similar expone Paul Courant, University Librarian y Dean of Libraries at the University of Michigan y firme aliado de Google, para quien la operación hará que Google convierta su biblioteca digital universal en una librería digital universal, para lo cual el gigante está dispuesto a pagar 125 millones de dólares para resolver las demandas, de los cuales 45 se utilizarán para resolver las reclamaciones de aquellos cuyos libros han sido digitalizados (se estima alrededor de 60 dólares por volumen para los autores). El resto se destinará a los costes de la aplicación de un nuevo plan de negocios en el sentido ya expuesto. Los usuarios individuales podrán optar por ver importantes fragmentos o pagar para verlo todo si el libro está sujeto a los derechos de autor. También pueden comprar una copia o imprimir el libro en su totalidad o en parte. El “fragmento” que vemos ahora en los libros protegidos se sustituirá por una “vista previa” que comprenderá hasta el 20 por ciento de la obra.
Los detractores, por su parte, rechazan las numerosas restricciones del acuerdo. Así lo expresa en parte el informe redactado para la American Library Association y la Association of Research Libraries por Jonathan Band (Morrison & Foerster) titulado de forma expresiva: A Guide for the Perplexed: Libraries and the Google Library Project Settlement. Porque, en efecto, la propuesta fija un solo terminal de acceso público por edificio de cualquier biblioteca pública; base de datos con suscripciones institucionales para universidades y las bibliotecas públicas; ningún acceso remoto para las bibliotecas públicas sin la aprobación del editor / autor con derechos vigentes; y prohibición de copiar o pegar de la base de datos institucional, aunque se pueden imprimir páginas por una tasa. Por supuesto, siempre se puede comprar el libro. En fin, un montón de ventajas, pero el futuro del libro en manos del mercado y de un sinfín de letra pequeña, sin seguridad de que Google no deje tirados a los usuarios en cualquier momento si los ingresos fallan.
Por eso mismo, Robert Darnton, el responsable de l sistema bibliotecario de Harvard, ha dicho que no participará porque el acuerdo “contiene demasiadas limitaciones potenciales en cuanto al acceso y la utilización de los libros”. “La solución no proporciona ninguna garantía de que los precios de acceso sean razonables”, añade, “especialmente si tenemos en cuenta que la suscripción de servicios no tiene competidores reales[y] la posibilidad de acceso a los libros digitalizados es limitada e incierta “. Ha señalado también que la calidad de los libros puede ser un motivo de preocupación, ya que “en muchos casos faltan fotografías, ilustraciones y otras obras pictóricas, lo que reducirá su utilidad para la investigación y la educación”.
De todos modos, si la cosa funciona, se aplicará la máxima castiza de “pasar por el aro”
OpenEdition le sugiere que cite este post de la siguiente manera:
Anaclet Pons (17 de diciembre de 2008). La propuesta de Google sobre los derechos de autor. C L I O N A U T A : Blog de Historia. Recuperado 11 de octubre de 2024 de https://doi.org/10.58079/mxxw
10 comentarios sobre “La propuesta de Google sobre los derechos de autor”